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¿Qué le pregunto a un consejero de vivienda o a un abogado de ejecuciones hipotecarias?
La primera cita sale mejor cuando lleva sus documentos y una lista corta de preguntas. Un consejero de vivienda aprobado por HUD es gratis y le puede ayudar a tratar con la compañía de su préstamo. Un abogado con licencia le puede dar consejo legal sobre sus derechos y sus fechas límite. Use esta lista para aprovechar a los dos.
Por Guillermo Serafin, corredor y dueño de Serve First Realty. Actualizado en octubre de 2026.
¿Cuál es la diferencia entre un consejero y un abogado?
- Un consejero de vivienda aprobado por HUD es gratis. Le puede explicar sus opciones, ayudarle a llenar una solicitud y hablar por usted con la compañía de su préstamo, con su permiso.
- Un abogado le puede dar consejo legal, revisar si la compañía de su préstamo violó la ley y representarle en la corte. Hay ayuda legal gratis si califica, muchas veces según sus ingresos o su edad.
- Los agentes de bienes raíces, los prestamistas y los asistentes de documentos legales, incluido nuestro equipo, no son abogados y no pueden dar consejo legal.
¿Qué debo llevar?
- Cada aviso que recibió, como el aviso de incumplimiento (Notice of Default) y el aviso de venta del fiduciario (Notice of Trustee's Sale).
- Sus últimos dos estados de cuenta de la hipoteca y cualquier carta de la compañía de su préstamo.
- Prueba de todo lo que envió, con fechas y números de rastreo.
- Sus notas de las llamadas. Nuestro registro de llamadas con la compañía del préstamo le puede ayudar.
- Prueba de ingresos, sus últimos dos estados de cuenta del banco y sus últimas dos declaraciones de impuestos.
- Una carta corta de dificultad (hardship letter) que explique qué pasó.
- Cualquier papel de la corte, y la fecha en que lo recibió.
Preguntas sobre mis fechas límite
- ¿Ya hay fecha de venta? Si la hay, ¿cuál es mi último día para ponerme al día? En California, el derecho a ponerse al día, llamado restablecimiento (reinstatement), por lo general termina 5 días hábiles antes de la venta.
- ¿Pospusieron mi venta? ¿Cómo lo confirmo con el fiduciario?
- ¿Mi solicitud de modificación está completa? ¿Llegó a tiempo para pausar la venta?
- ¿Qué es lo más importante que tengo que hacer esta semana?
Preguntas sobre mi préstamo y mis derechos
- ¿Quién es dueño o asegura mi préstamo: FHA, VA, USDA, Fannie Mae, Freddie Mac o un prestamista privado? Cada uno tiene opciones diferentes.
- ¿Mi préstamo está cubierto por la Carta de Derechos del Propietario de California (Homeowner Bill of Rights)? Por lo general cubre primeras hipotecas de casas de 1 a 4 unidades donde vive el dueño.
- ¿La compañía de mi préstamo me contactó antes del aviso de incumplimiento, como pide la ley?
- ¿Tengo una persona de contacto única? ¿Quién es?
- Si la compañía de mi préstamo no siguió las reglas, ¿qué puedo hacer antes de que se registre la escritura del fiduciario?
- ¿Estoy en el servicio militar, o lo estuve en el último año? ¿Tengo protección adicional?
Preguntas sobre mis opciones
- ¿Puedo conseguir un plan de pagos, una pausa de pagos (forbearance) o una modificación del préstamo?
- Si no me puedo quedar con la casa, ¿debo vender, hacer una venta corta (short sale) o entregar la escritura en lugar de la ejecución (deed in lieu)?
- ¿Poner mi casa en venta podría retrasar la subasta? Vea vender para proteger su valor acumulado.
- ¿Debo hablar con un abogado de bancarrota?
- ¿Voy a seguir debiendo un segundo préstamo? ¿Y los impuestos?
- Compare sus opciones en alternativas a la ejecución hipotecaria.
Preguntas sobre la persona que le ayuda
- ¿Usted está aprobado por HUD? O, ¿cuál es su número del State Bar (Colegio de Abogados)?
- ¿Cuánto cobra y cuándo se paga? California por lo general prohíbe que el dueño de casa pague por ayuda con una modificación o forbearance antes de que se termine por completo cada servicio prometido, y la ley federal agrega más condiciones de pago. Una licencia de bienes raíces no crea una excepción a esas reglas.
- ¿Quién va a hacer el trabajo de mi caso?
- ¿Me puede dar sus promesas por escrito?
Una persona que de verdad quiere ayudar no se va a molestar por estas preguntas. Tenga cuidado con quien le garantice resultados o le pida que le firme la escritura. Vea nuestra lista de señales de fraude.
¿Dónde encuentro un consejero o un abogado?
- Consejeros de vivienda aprobados por HUD: 800-569-4287, o busque en hud.gov/findacounselor (en inglés) (se abre en una pestaña nueva).
- La línea HOPE: 888-995-4673.
- Ayuda legal gratis: LawHelpCA.org (en inglés) (se abre en una pestaña nueva).
- Verifique la licencia de un abogado con el State Bar of California (en inglés) (se abre en una pestaña nueva).
- Vea más en nuestra página de programas de ayuda.
Información general, no consejo legal. Fuentes: Código Civil de California, secciones 2923.5, 2923.55, 2923.6, 2923.7, 2924c, 2924.12, 2924.15 y 2944.7; 12 C.F.R. sección 1024.41; 50 U.S.C. sección 3953; Departamento de Bienes Raíces de California, "Suggested Questions to Ask Real Estate and Home Loan Service Providers" (2014).
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